Documento 1
Documento 2
Documento 3
ESPAÑOLES: La Junta revolucionaria de Sevilla faltaría al primero de sus deberes si no empezara por dirigir su voz a los habitantes todos de esta provincia y a la nación entera, manifestándoles los principios que se propone sustentar y defender como base de la regeneración de este desgraciado país, cuyo entusiasmo no ha podido entibiar tantos siglos de tiranía y cuya virilidad no han podido debilitar tantos años de degradación.
1º) La consagración del sufragio universal y libre como base y fundamento de la legitimidad de todos los poderes y única verdadera expresión de la voluntad nacional.
2º) La libertad absoluta de imprenta, sin depósito, fianza ni editores responsables, y sólo con sujeción a las penas que marca el código para los delitos de injuria y calumnia.
3º) La consagración práctica e inmediata de todas las demás libertades, la de enseñanza, la de cultos, la de tráfico e industria, etc., y la reforma prudente y liberal de las leyes arancelarias, hasta que el estado del país permita establecer de lleno la libertad de comercio.
4º) La abolición de la pena de muerte y el planteamiento del sistema penal penitenciario.
5º) La seguridad individual eficazmente garantizada, así como la absoluta inviolabilidad del domicilio y la correspondencia. [...]8º) Igualdad en la repartición de las cargas públicas. [...]11º) Cortes constituyentes por sufragio universal directo, para que decreten una Constitución en armonía con las necesidades de la época [...].
1º) La consagración del sufragio universal y libre como base y fundamento de la legitimidad de todos los poderes y única verdadera expresión de la voluntad nacional.
2º) La libertad absoluta de imprenta, sin depósito, fianza ni editores responsables, y sólo con sujeción a las penas que marca el código para los delitos de injuria y calumnia.
3º) La consagración práctica e inmediata de todas las demás libertades, la de enseñanza, la de cultos, la de tráfico e industria, etc., y la reforma prudente y liberal de las leyes arancelarias, hasta que el estado del país permita establecer de lleno la libertad de comercio.
4º) La abolición de la pena de muerte y el planteamiento del sistema penal penitenciario.
5º) La seguridad individual eficazmente garantizada, así como la absoluta inviolabilidad del domicilio y la correspondencia. [...]8º) Igualdad en la repartición de las cargas públicas. [...]11º) Cortes constituyentes por sufragio universal directo, para que decreten una Constitución en armonía con las necesidades de la época [...].
¡¡Viva la libertad!! ¡¡Abajo la dinastía!! ¡¡Viva la Soberanía Nacional!!
Sevilla, 20 de septiembre de 1868
Documento 4
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