martes, 10 de enero de 2017

ACTIVIDADES TEMA 6

Aquí os dejos algunos documentos para el Tema 6.

CONSTITUCIÓN DE 1876

DON ALFONSO XII, por la gracia de Dios, Rey constitucional de España; a todos los que las presentes vieren y entendieren, sabed: Que en unión y de acuerdo con las Cortes del Reino actualmente, hemos venido en decretar y sancionar la siguiente
CONSTITUCIÓN DE LA MONARQUÍA ESPAÑOLA
“(…)
Art. 11. La religión Católica, Apostólica, Romana, es la del Estado. La Nación se obliga a mantener el culto y sus ministros.
Nadie será molestado en territorio español por sus opiniones religiosas, ni por el ejercicio de su respectivo culto, salvo el respeto debido a la moral cristiana.
No se permitirán, sin embargo, otras ceremonias ni manifestaciones públicas que las de la religión del Estado.(…)
Art. 13. Todo español tiene derecho:
De emitir libremente sus ideas y opiniones, ya de palabra, ya por escrito, valiéndose de la imprenta o de otro procedimiento semejante, sin sujeción a la censura previa.
De reunirse pacíficamente.
De asociarse para los fines de la vida humana.
De dirigir peticiones individual o colectivamente al Rey, a las Cortes y a las autoridades.
El derecho de petición no podrá ejercerse por ninguna clase de fuerza armada.
Tampoco podrán ejercerlo individualmente los que formen parte de una fuerza armada, sino con arreglo a las leyes de su instituto, en cuanto tenga relación con éste. (…)
Art. 18. La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes con el Rey.

Art. 19. Las Cortes se componen de dos Cuerpos Colegisladores, iguales en facultades: el Senado y el Congreso de los Diputados. 
Art. 20. El Senado se compone:
1°.- De senadores por derecho propio.
2°.- De senadores vitalicios nombrados por la Corona.
3°.- De senadores elegidos por las corporaciones del Estado y mayores contribuyentes en la forma que determine la ley.
El número de los senadores por derecho propio y vitalicios no podrá exceder de ciento ochenta.
Este número será el de los senadores electivos.(…)
Art. 27. El Congreso de los Diputados se compondrá de los que nombren las Juntas electorales, en la forma que determine la ley. Se nombrará un Diputado a lo menos por cada cincuenta mil almas de población.
Art. 28. Los diputados elegirán y podrán ser reelegidos indefinidamente por el método que determine la ley.
Art. 50. La potestad de hacer ejecutar las leyes reside en el Rey, y su autoridad se extiende a todo cuanto conduce a la conservación del orden público en lo interior y a la seguridad del Estado en lo exterior, conforme a la Constitución y a las leyes. (…)
Art. 75. Unos mismo Códigos regirán en toda la Monarquía, sin perjuicio de las variaciones que por particulares circunstancias determinen las leyes.
En ellos no se establecerá más que un solo fuero para todos los españoles en los juicios comunes, civiles y criminales.
Art. 82. En cada provincia habrá una Diputación provincial, elegida en la forma que determine la ley y compuesta del número de individuos que ésta señale.
Art. 83. Habrá en los pueblos alcaldes y Ayuntamientos. Los Ayuntamientos serán nombrados por los vecinos a quienes la ley confiera este derecho. (…) . ”


FRAUDE ELECTORAL



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El Partido Socialista Obrero Español declara que su aspiración es: la abolición de todas las clases, es decir, la completa emancipación de la clase trabajadora, la transformación de la propiedad individual de los instrumentos de trabajo en propiedad colectiva, social o común. La posesión del poder político por la clase trabajadora.
Y como medios inmediatos para la realización de este ideal, los siguientes: Libertades políticas. Derecho de asociación y legalidad de las huelgas. Reducción de las horas. Prohibición del trabajo de los niños menores de nueve años (...). Creación de escuelas gratuitas para la primera y segunda enseñanza y de escuelas profesionales en cuyos establecimientos la enseñanza sea laica (...). Justicia gratuita y jurado para todos los delitos. Servicio de armas obligatorio y universal (...)

Madrid, 9 de julio de 1879

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